Aprende cómo solicitar la baja por paternidad y otros trámites relacionados.
Índice de contenidos
Primeros trámites tras el nacimiento – Registro Civil
Para registrar al neonato necesitarás:
- Certificado de nacimiento del hospital
- Declaración del nacimiento (te dan para rellenar el formulario en el hospital)
- Libro de familia
- DNIs de los padres
En algunos hospitales hacen directamente el registro, pero últimamente se ha dejado a un lado esta alternativa siendo preceptiva la visita al Registro Civil en un plazo de 10 días. En caso de inscripción en el mismo hospital te entregarán un certificado de registro, pero si quieres actualizar el Libro de familia igualmente deberás ir al Registro Civil (esta vez sin plazos obligatorios).
Necesito DNI o pasaporte para el recién nacido
El DNI no es obligatorio para menores de 14 años, pero es posible que lo necesites por otras razones, como por ejemplo un viaje al extranjero.
En tal caso es obligada la visita al Registro Civil si has de tramitar DNI o pasaporte del menor. El Registro te emitirá una certificación literal de nacimiento gratuito con validez 6 meses que lo deberás entregar en comisaría durante la tramitación. Este certificado es distinto para DNI o pasaporte, pudiendo solicitar ambos.
Necesitarás también el certificado de empadronamiento del menor en el Ayuntamiento, para lo cual te solicitarán el Libro de familia o el certificado de la inscripción en el Registro Civil.
Trámites con la Seguridad Social
Con las digitalización de los servicios es una maravilla realizar todos los trámites online, pero se han de tener en cuenta ciertas limitaciones informáticas, motivo principal de redactar este post. Para estos trámites usaremos la web de TU SEGURIDAD SOCIAL.
Podremos acceder con Cl@ve permanente, DNI electrónico o certificado digital.
Si no tienes ninguno de estos sistemas te reconocimiento los actives para ahorrarte enormes colas en las distintas Administraciones. El más global es el certificado digital, pero como posteriormente veremos aquí nos será más útil el Cl@ve permanente de manera genérica.
Alta del recién nacido como beneficiario
Lo primero que debes hacer es dar de alta a tu hij@ como beneficiario de la Seguridad Social. Al final de la página de TU SEGURIDAD SOCIAL está el apartado ASISTENCIA SANITARIA, accede al apartado VER BENEFICIARIOS
Seleccionamos AÑADIR NUEVO BENEFICIARIO al final de la página y añadimos a nuestro retoño (bebito).
Cuánto se cobra en la prestación por paternidad
Se cobra el equivalente al 100% de la base reguladora. Para ello basta coger la nómina del último mes, localizar el importe de la base de cotización de contingencias comunes y dividirlo por el total de días trabajados ese mes. Con todo ello sabremos el importe que nos pagará la Seguridad Social, que por cierto esta prestación no cotiza en el IRPF.
Base reguladora = | Base de cotización por Contingencias Comunes del mes anterior a la baja |
Nº de días cotizados |
Si tu salario se calcula mensualmente el divisor será 30, si se calcula en función de los días trabajados el divisor será 28,29, 30 o 31 según el caso. Compara 3 nóminas consecutivas y si el importe siempre es el mismo tu salario es mensual.
Calculadora prestación por paternidad
Quién paga la baja por paternidad
La prestación por paternidad la paga de manera íntegra la Seguridad Social desde el primer día de baja. Por tanto la empresa se ahorra el salario del trabajador en este periodo, eso sí, quizás precisa buscar un substituto y esto sí que supone un coste para esta.
Simplemente he querido aclarar este punto pues veo que es una pregunta recurrente en ciertos foros.
Solicitar la baja por paternidad
Si eres trabajador en activo tienes derecho a 12 semanas de permiso de paternidad (en 2020), que se convertirán en 16 en 2021.
Requisitos para disfrutar del permiso de paternidad
Esta baja es 100% retribuida y ha de disfrutarla el padre (no se puede ceder a la madre) y para ello debe:
- estar dado de alta en la Seguridad Social, y
- haber cotizado un mínimo de 180 días los 7 años anteriores al permiso.
Las 4 primeras semanas son obligatorias y han de disfrutarse inmediatamente después del parto. El resto de semanas se pueden disfrutar seguidas o de forma alterna hasta un año tras el nacimiento, en periodos naturales de 7 días consecutivos, es decir una semana seguida sin importar si hay festivos o fines de semana por medio.
Solicitar prestación por nacimiento y cuidado de menor
Entremos a cómo solicitar la baja por paternidad por primera vez.
Lo primero que necesitamos es el certificado de empresa. Para ello habrás tenido que comunicar a la empresa la fecha de nacimiento (obviamente entregando copia del certificado del Registro) y la duración del primer periodo de baja (en nº de semanas, mínimo 4).
Accedemos al apartado FAMILIA en la página principal de TU SEGURIDAD SOCIAL y seleccionamos en Gestiones la opción Pide la prestación por nacimiento y cuidado de menor
En el caso del padre debemos seleccionar en TIPO DE SOLICITUD la opción Otro progenitor.
Selecciona el inicio del descanso para que coincida con la fecha de nacimiento. Si haces toda la baja seguida el periodo de fin de descanso se calcula automáticamente, si por el contrario quieres partirte la baja clica la opción Quiero solicitar el descanso en varios periodos y selecciona las semanas deseadas para el primer descanso en periodos semanales consecutivos (mínimo 4).
En el siguiente paso Adjuntaremos el Libro de Familia o el Certificado de Registro y el Certificado de Empresa (este última quizás ya esté colgado en la misma plataforma de forma previa).
Nos pedirá firmar la solicitud, que en mi anterior ocasión no me dejó hacer mediante el certificado digital, ni cambiando de navegador ni actualizando Java. Finalmente lo resolví con Cl@ve permanente y creo que es por un tema informático; el certificado digital activa procesos que el sistema Cl@ve no precisa.
Una vez resuelto el caso nos avisarán por SMS, carta y también lo podemos ver en la misma web en el apartado Tus datos > Gestiones
Solicitud de periodos sucesivos de baja de paternidad
Para nuestra suerte la web de TU SEGURIDAD SOCIAL se ha actualizado, pues hasta hace no mucho no permitía tramitar los periodos sucesivos, lo que obligaba a pedir cita a la SS (cosa casi imposible ahora mismo), tramitarlo por correo ordinario (con el riesgo que ello conlleva) o como última opción a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (apartado de prestaciones).
Desde la página principal de TU SEGURIDAD SOCIAL en el apartado FAMILIA clicamos en SOLICITAR PERIODO
Solicitamos los periodos que deseamos múltiplos de 7 días consecutivos (es decir semanas completas) y confirmamos los datos de la Cuenta Bancaria, teléfono y email.
En el paso de validación lo mismo que he comentado anteriormente, en las últimas solicitudes sólo me ha funcionado el sistema Cl@ve, con el certificado digital me quedaba atascado en el último paso (el paso 3).
Consulta otros trámites parecidos
Bueno, espero que te haya servido la explicación para saber cómo solicitar la baja por paternidad, pues si te ha ocurrido como a mí, entré en pánico cuando vi que el trámite no aceptaba el certificado digital y no encontré ningún post que explicara la solución.