Cómo pedir las subvenciones Next Generation para la vivienda

Los fondos que se usarán, conocidos como Next Generation UE, son de 750.000 millones de euros. España va a recibir 140.000 millones de euros, de los cuales 6.820 millones euros se destinarán a las ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios.

Cómo pedir las subvenciones Next Generation para la vivienda

Las Comunidades Autónomas son las encargadas de gestionar las convocatorias públicas. Las ayudas deben
asignarse por orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos.

Cada CCAA determinará el procedimiento para la solicitud de la ayuda, por tanto no tendremos un criterio unificado para todo el Estado.

El importe de la subvención será del 40% del coste de la rehabilitación con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de la actuación deberá ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

Requisitos para solicitar la ayuda

Vivienda habitual

Solo se financiarán las obras que se realicen en domicilio habitual y permanente. Podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.

Requisitos técnicos

Que se cumpla una de estas condiciones:

  • Si se logra reducir la demanda anual energética en al menos un 7%
  • Si se logra reducir en un 30% el consumo de energía primaria no renovable
  • Si se sustituyen elementos constructivos de la envolvente térmica de la fachada

Pasos a seguir para solicitar las ayudas del Plan de Rehabilitación de Vivienda y Regeneración Urbana

Paso 1 La solicitud

Accede a la convocatoria desde la web de la oficina de vivienda de tu CCAA (más adelante te facilitamos el enlace) y solicita la subvención.

Este trámite deberá llevarlo a cabo el solicitante de la subvención o una persona autorizada (el gestor o el agente de la
rehabilitación).

La solicitud la puedes tramitar por Internet o bien descargando el formulario y presentándolo en las oficinas habilitadas:

  • Oficinas locales de rehabilitación
  • Oficinas técnicas de rehabilitación
  • Oficinas de la vivienda de tu Comunidad Autónoma

Paso 2 Declaración de los requisitos técnicos

Un técnico competente, en un plazo máximo de 10 días después de haber solicitado la ayuda, deberá realizar la declaración responsable de los requisitos técnicos de la vivienda:

  • Certificado energético
  • Datos técnicos del edificio
  • Declaración responsable de “no causar perjuicio en el medio ambiente”
  • Estimación de la reducción de la energía primaria no renovable

Paso 3 Respuesto de la Administración

La Administración dará respuesta a la persona solicitante en un periodo que puede prolongarse hasta los tres meses. Este periodo variará en cada Comunidad Autónoma.

Enlaces de solucitud por CCAA

¿Qué documentación necesito para pedir la ayuda?

La documentación que por norma general se suele solicitar es la siguiente:

  • Proyecto o memoria técnica justificativa de la reforma (presupuesto desglosado, descripción, planos…)
  • Fotografías a color de las zonas afectadas descritas en el proyecto
  • Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda
  • Certificado de Eficiencia Energética del proyecto (si la obra no está finalizada)
  • La licencia de obra o justificación de la solicitud
  • Copia del acta de la Junta de la Comunidad de Propietarios en la que se autoricen las obras (este documento no necesario en viviendas unifamiliares)
  • En el caso de que el presupuesto supere los 40.000 euros,tres ofertas de diferentes proveedores

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la ayuda?

  • Propietarios
  • Usufructuarios e inquilinos
  • Administraciones de derecho público
  • Empresas públicas
  • Sociedades mercantiles estatales

Puedo pedir la ayuda si ya he hecho la obra?

Sí, aunque el inicio de las actuaciones subvencionables debe ser posterior a una fecha concreta, que puede variar en función de la CCAA.

¿Puedo comenzar la obra mientras espero la resolución para la ayuda?

Sí, pero debes tener en cuenta que podrías tener que asumir el coste entero de la reforma si finalmente no te conceden la ayuda.

¿Es posible acceder a la ayuda si soy el inquilino?

Sí, pero antes será necesario acreditar que se ha llegado a un acuerdo con el propietario de la vivienda conforme el inquilino asume el coste de la rehabilitación.

¿Qué gastos de la obra serán subvencionables?

El importe de la subvención será del 40% de la obra para la mejora energética de la vivienda con un límite de 3.000 euros. En el presupuesto, pueden incluirse:

  • Honorarios de los profesionales
  • Costes de la redacción de los proyectos
  • Certificados y gastos derivados de la tramitación administrativa
  • Gastos generales justificados

Cuáles son los gastos no subvencionables

  • Tasas
  • Licencias
  • Impuestos
  • Tributos

El IVA podrá ser subvencionable siempre y cuando no se deduzca (parcial o totalmente).

¿Puedo pedir la ayuda si tengo una vivienda unifamiliar?

Sí. El programa para la mejora de la eficiencia energética en las viviendas se centra tanto en viviendas unifamiliares como en edificios plurifamiliares.